Estacionamientos para personas con discapacidad en preguntas y respuestas
¿Cuál es el requisito en Chile para ocupar un estacionamiento para PcD?

En Chile, el requisito para ocupar estos espacios es dejar visible, en el interior del vehículo, la credencial del Registro Nacional de la Discapacidad. No importa el tipo de discapacidad (no solo física), también aplica para discapacidades sensoriales e intelectuales.
¿Qué número de estacionamientos para PcD deben existir en los diferentes lugares de una ciudad?
Existen 4 diferentes requisitos de acuerdo con el lugar donde se emplacen los estacionamientos:
1. ) Número de estacionamientos para PcD en propiedades privadas de uso público
El número de estacionamientos para personas con discapacidad exigidos en lugares privados de uso público, como estacionamientos de superficie o subterráneos en centros comerciales, supermercados, edificios de vivienda u oficinas, centros de salud, industrias, etc. debe responder a la siguiente tabla (OGUC Art. 2.4.2.)

2.) Espacios para PcD en estacionamientos de visita en edificios de departamentos
Los edificios colectivos de vivienda deben contemplar al menos un estacionamiento para personas con discapacidad como parte de la exigencia de estacionamientos de visitas (OGUC Art. 2.4.2).
3.) Número de estacionamientos en la vía pública
El número total de estacionamientos para personas con discapacidad en la vía pública está regulado en la Ley de Tránsito, indicando que:
“En todas las vías públicas en que esté permitido estacionar, gratuitamente o no, las municipalidades deberán establecer dos estacionamientos por cada tres cuadras, destinados exclusivamente al uso de cualquier persona con discapacidad, los que deberán estar debidamente señalizados o demarcados.” Ley Nº 18.290, de Tránsito.
La ubicación de los estacionamientos reservados para personas con discapacidad debe priorizar aquellos lugares donde se congregan mayor cantidad de público: oficinas municipales, parques, plazas, accesos a playas, colegios, universidades, centros comerciales, centros deportivos, estadios, centro de eventos, iglesias, teatros, consultorios, hospitales, etc.
4.) Número de estacionamientos para PcD en nuevos proyectos de espacios públicos
Los proyectos de nuevos espacios públicos o los que se remodelen deben considerar a lo menos el 1% de los estacionamientos proyectados como espacios destinados a personas con discapacidad, con un mínimo de dos.
¿Cuáles son las condiciones de diseño de un estacionamiento para PcD?
Los estacionamientos para PcD son más anchos para que, en caso de ser usuario de silla de ruedas, tenga un espacio adicional para hacer la transferencia desde la silla al auto.
Sus medidas son: 2,5 m de ancho por 5 m de largo más una franja de transferencia de 1,1 m de ancho. Esta franja se puede compartir con otro estacionamiento y desde ella se comunica el estacionamiento hacia el acceso o vereda.
Los estacionamientos pueden ser perpendiculares, paralelos o diagonales a la vereda. De cualquier forma, siempre deben estar conectados hacia la circulación peatonal o entrada del edificio.



¿Pueden estar emplazados en una zona con pendiente?
No, los estacionamientos para PcD deben estar emplazados en zonas planas, con una tolerancia mínima de 2% de pendiente transversal y longitudinal. La razón es evitar que la persona pueda volcarse o deslizarse al ejecutar maniobras de traspaso al vehículo.
¿Cómo se señalizan estos espacios?

Para estacionamientos en la vía pública rigen las recomendaciones del Manual de Señalización de Tránsito (Conaset), que es el documento técnico que contiene las señales y las especificaciones de diseño y criterios para su instalación. La señalización vertical para el espacio público (Fig.1) incorpora el requisito de uso, importante para recordar que se requiere la credencial del Registro Nacional de la Discapacidad.

En estacionamientos ubicados en lugares privados de uso público se puede optar por una alternativa diferente de señalización vertical pero que contiene la misma información que la oficial (Fig.2).
En el pavimento (Fig.3) se demarca el símbolo internacional de accesibilidad (SIA) en color blanco (Fig. 3). Se recomienda la pintura azul para destacar estos espacios y favorecer su correcto uso. Esta sugerencia es dada por Conaset y muy recomendada tanto para espacios en la vía pública como privados.
¿Existen condiciones especiales para estacionamientos en subterráneos o en altura?
No, rigen las mismas condiciones de dimensiones, señalización, demarcación y conexión. Si se recomienda que se ubiquen todos juntos, cercanos al acceso más próximo hacia la salida y señalizar en el acceso al edificio de estacionamientos o al subterráneo el nivel donde están ubicados. Estas recomendaciones son más que nada por medidas de seguridad. En caso de alguna caída o de una emergencia serán más visibles y más fácil de evacuar o auxiliar.
¿Quiénes están autorizados para fiscalizar el correcto uso de estos espacios?
Carabineros e Inspectores Municipales están facultados para fiscalizar el correcto uso de los estacionamientos reservados para PcD. La fiscalización puede ocurrir en la vía pública como en estacionamientos privados de uso público (centros comerciales, supermercados, clínicas, etc.). (Art. 1 y 4 Ley de Tránsito).
Los establecimientos comerciales están obligados a velar por el correcto uso de los estacionamientos para PcD que existan en sus recintos, denunciando ante Carabineros e Inspectores Municipales a
los vehículos infractores (Ley 20.422 Art. 31).

Dimensiones, señalización y demarcación, conexión y fiscalización son los criterios esenciales para implementar y gestionar estacionamientos de personas con discapacidad útiles y funcionales.

¿Conoces nuestros volantes?
Hace ya más de 18 años que distribuimos estos volantes para colocar en autos mal estacionados y educar sobre su correcto uso.